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El
caso Miranda y los Derechos Humanos
(Diario La República, agosto 1999)
La inquietud oficial en el tema de la reforma constitucional promovida
por el Ministro Stirling y previamente por el senador Millor, conducente
a ampliar el plazo de detención sin intervención judicial,
nos lleva casi automáticamente a preguntarnos como resuelven
el problema otros pueblos de la tierra. Los norteamericanos, de
cuyos textos constitucionales se inspiró nuestra propia constitución,
no permiten los interrogatorios policiales ni por un minuto.
Posiblemente todos los uruguayos hayamos visto un arresto por televisión,
a cargo de personajes a veces muy conocidos de la pantalla chica.
Muchas veces esos arrestos se efectúan en condiciones por
lo demás difíciles y después de sangrientas
persecuciones, pero para el espectador resulta casi habitual que
los policías leen los derechos del sospechoso: 1) Tiene derecho
a permanecer en silencio; 2) Todo lo que diga puede ser utilizado
en su contra en la Corte o Tribunal; 3) Tiene derecho a pedir consejo
o consultar a un abogado antes de responder cualquier pregunta;
y 4) Si no puede pagar un abogado, se le asignará uno.
Estos son conocidos como los derechos Miranda, que están
originados en un caso que resolvió la Corte Suprema de los
Estados Unidos de Norteamericana, en "Miranda vs. Arizona"
(384 U.S. 436, 1966).
Ernesto Miranda, se trataba de una persona con antecedentes penales
(registraba condenas por violación y asalto), y era sospechoso
de raptar y violar a una mujer durante la noche del 2 de marzo de
1963 en el desierto que rodea Phoenix, estado de Arizona.
Miranda coincidía con la descripción que la víctima
de la violación y tenía antecedentes criminales, fue
detenido por la policía estatal y llevado a la Comisaría
local; allí dos oficiales de policía lo condujeron
a un cuarto de interrogatorios, donde no tardó en hacer ante
ellos una confesión acerca de la violación imputada.
La defensa del señor Miranda reclamó que los derechos
emanados de quinta y sexta enmiendas constitucionales habían
sido violados y que su confesión debía ser declarada
inadmisible por la Corte, Miranda fue condenado. La quinta enmienda
establece que "nadie estará obligado... ni se le compelerá
a declarar contra sí mismo en ningún juicio criminal".
El caso Miranda llegó a la Suprema Corte de Justicia de la
Federación Norteamericana, a sazón presidida por el
famoso magistrado Earl Warren.
La condena de Miranda fue revocada por la Corte, lo que provocó
un escándalo de los partidarios de "la ley y el orden",
o la mayoría silenciosa, que se alinearon detrás de
la campaña presidencial de Richard Nixon.
La Sentencia expresó textualmente:
"Por interrogatorio policial entendemos las preguntas que son
lanzadas por los oficiales encargados de hacer que se cumpla con
la ley, una vez que la persona ha sido tomada en custodia o privada
de cualquier manera de su libertad de acción en cualquier
forma significativa. En lo que se refiere a las salvaguardas de
procedimiento que habrán de ser empleadas a no ser que se
encuentren otros medios mas adecuados para informar a la persona
acusada de su derecho a mantener silencio y de asegurar la oportunidad
continua de ejercitar ese derecho, se habrán de requerir
las siguientes medidas:
"Antes de cualquier tipo de interrogatorio se deberá
advertir a la persona que tiene derecho a mantenerse callada, que
cualquier cosa que diga podrá ser usada en su contra, y que
tiene derecho a contar con la presencia de un abogado, ya sea contratado
por él o que le sea designado por la Corte.
El acusado puede renunciar a estos derechos, siempre y cuando renuncie
a ellos en forma voluntaria, con conocimiento de causa e inteligentemente.
Sin embargo, si él indica en cualquier forma y en cualquier
etapa del proceso que desea contar con un abogado antes de responder,
no podrá llevarse a cabo ningún tipo de interrogatorio.
De la misma manera, si el individuo está solo e indica en
cualquier forma que no desea ser interrogado, la policía
no podrá interrogarlo. El simple hecho de que él haya
respondido a algunas preguntas o en forma voluntaria haya rendido
algún tipo de declaración no lo priva del derecho
a no responder mas preguntas hasta que haya consultado a un abogado
y consienta a ser interrogado..."
Finalmente, Miranda, que era un individuo no del todo lúcido,
fue absuelto, y enfrentó un nuevo juicio, que transcurrió
en medio de fuertes presiones, y en el cual fue condenado.
Finalmente Miranda quedó en libertad, y fue finalmente asesinado
en una taberna de Phoenix en enero de 1976. El imputado por su muerte,
al ser detenido, le fueron leídos sus "derechos Miranda".
Carlos
Aparicio
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